Tema 13. Funciones de vigilancia. Funciones de asistencia al personal sanitario facultativo y no facultativo. Relación del Celador con los familiares de los enfermos. Actuaciones en las habitaciones de los enfermos y las estancias comunes. Aseo del paciente.

Celador/a · SALUD (Aragón) · Tema 13 de 20

Las funciones de vigilancia del celador consisten en velar por el orden, la seguridad y el correcto funcionamiento de las instalaciones, controlando accesos y colaborando en la vigilancia de zonas comunes, sin constituir una función de seguridad privada propiamente dicha, pudiendo requerir el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si la situación lo exige. La asistencia al personal sanitario es de apoyo material y logístico (movilización de pacientes, traslado de material, sujeción cuando se requiera), sin intervenir en actos clínicos. La relación con los familiares debe ser de trato correcto, respetuoso y comprensivo, facilitando información básica no clínica, sin poder en ningún caso informar sobre diagnóstico o estado clínico, competencia exclusiva del personal facultativo. En las habitaciones y estancias comunes, el celador colabora en el traslado y acomodación del paciente y en el mantenimiento del orden, y puede colaborar en el aseo y movilización del paciente encamado en coordinación con enfermería, respetando siempre su dignidad, intimidad y pudor. El deber de sigilo profesional se extiende a cualquier información a la que tenga acceso, sea o no de naturaleza clínica.

Conceptos importantes

Preguntas de ejemplo

Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.

¿Puede el celador facilitar información sobre el diagnóstico o el estado clínico de un paciente a sus familiares?

Respuesta: No, dicha información corresponde exclusivamente al personal facultativo responsable del paciente.

¿Participa el celador en el aseo del paciente cuando este no pueda realizarlo por sí mismo?

Respuesta: Sí, puede colaborar en el aseo y movilización del paciente encamado o con dificultades de movilidad, en coordinación con el personal de enfermería.

¿Qué principio debe presidir, en todo caso, la actuación del celador cuando colabora en el aseo o la movilización de un paciente?

Respuesta: El respeto a la dignidad, intimidad y pudor del paciente.

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