Tema 25. El Registro Civil. Estructura del Registro Civil. Las Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares y sus funciones. Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil. Las inscripciones: Inscripción de nacimiento y filiación; inscripciones relativas al matrimonio; inscripción del fallecimiento. Otras inscripciones. Certificaciones. Expedientes del Registro Civil.
La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, introdujo un modelo de Registro Civil único para toda España, individual y organizado sobre una base electrónica, asignando a cada persona un código personal en la apertura de su registro individual para facilitar su identificación e interconexión con otras Administraciones. Las Oficinas Generales son competentes para practicar los asientos relativos a hechos y actos del estado civil dentro de su ámbito territorial, existiendo al menos una por provincia; las Oficinas Consulares inscriben, entre otros, los nacimientos en el extranjero de personas con al menos un progenitor español. El Encargado del Registro Civil ejerce la fe pública registral, y sus resoluciones son recurribles ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en vía administrativa, sin perjuicio del posterior control jurisdiccional. Son hechos y actos inscribibles: el nacimiento, la filiación (natural o adoptiva, determinante de apellidos), el nombre y apellidos, la emancipación (por concesión parental, judicial o matrimonio), las modificaciones judiciales de la capacidad, la nacionalidad y vecindad civil, la tutela y demás representaciones legales, el matrimonio, la defunción, la adopción y la declaración de concurso de persona física. La inscripción de defunción, o al menos su autorización, es requisito previo a la licencia de enterramiento o incineración; el parte médico puede remitirse electrónicamente para agilizar el trámite; los nacimientos fuera de centro sanitario se inscriben igualmente, exigiendo acreditación por otros medios de prueba ante la falta de comunicación automática. La nulidad, separación o divorcio se inscriben mediante anotación marginal a la inscripción de matrimonio, tras sentencia firme o, en supuestos de mutuo acuerdo sin hijos menores o con capacidad modificada, escritura pública notarial o decreto del Letrado de la Administración de Justicia; el matrimonio religioso de confesiones con acuerdo de cooperación (evangélica, judía, islámica) o notorio arraigo produce efectos civiles tras su inscripción. Los expedientes registrales son el cauce para comprobar hechos o resolver cuestiones previas a una inscripción (celebración de matrimonio, rectificación de errores, cambio de nombre propio sin necesidad de proceso judicial, declaración de fallecimiento de persona desaparecida); la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, atribuye con carácter general estos expedientes, tradicionalmente judiciales, al Encargado del Registro Civil, salvo los de especial trascendencia reservados a la autoridad judicial; el Ministerio Fiscal interviene en los expedientes que afecten a menores. El libro de familia tradicional ha sido progresivamente sustituido por el acceso electrónico y las certificaciones; España es parte del Convenio de Viena de 1976, que permite expedir certificaciones plurilingües con validez directa en los demás Estados parte sin traducción adicional. La condición de familia numerosa, a diferencia de otros hechos del estado civil, es un reconocimiento administrativo autónomo (Ley 40/2003, gestionada por las Comunidades Autónomas) no sujeto a inscripción registral.
Conceptos importantes
- La Ley 20/2011, del Registro Civil, introdujo un modelo único, individual y electrónico para toda España, con asignación de código personal a cada persona.
- Las Oficinas Generales practican los asientos del estado civil dentro de su ámbito territorial (al menos una por provincia); las Oficinas Consulares inscriben nacimientos en el extranjero de españoles.
- Son hechos inscribibles el nacimiento, la filiación, el nombre y apellidos, la emancipación, las modificaciones judiciales de capacidad, la nacionalidad, la tutela, el matrimonio, la defunción, la adopción y el concurso de persona física.
- La inscripción de defunción, o al menos su autorización, es requisito previo para la licencia de enterramiento o incineración.
- La nulidad, separación o divorcio se inscriben mediante anotación marginal a la inscripción de matrimonio, tras sentencia firme, escritura pública o decreto del Letrado de la Administración de Justicia.
- La Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, atribuye con carácter general al Encargado del Registro Civil expedientes tradicionalmente judiciales, como el cambio de nombre propio o la declaración de fallecimiento.
- España es parte del Convenio de Viena de 1976, que permite expedir certificaciones plurilingües del Registro Civil con validez directa en los demás Estados parte.
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
¿Qué ley regula actualmente, con carácter general, la organización y el funcionamiento del Registro Civil en España?
Respuesta: La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que introdujo un modelo de Registro Civil único para toda España, individual y organizado sobre una base electrónica.
¿Qué requisito exige la ley, con carácter general, para poder proceder al enterramiento o incineración de un fallecido?
Respuesta: La previa inscripción de la defunción en el Registro Civil, o al menos la expedición de la correspondiente autorización.
¿Puede tramitarse el cambio de nombre propio de una persona mediante expediente registral, sin necesidad de intervención judicial?
Respuesta: Sí, con carácter general se tramita mediante el correspondiente expediente ante el Registro Civil, siempre que concurran las causas legalmente admitidas, sin necesidad de acudir a un proceso judicial.
¿Puede solicitarse la expedición de una certificación plurilingüe del Registro Civil, válida para su presentación en otros países?
Respuesta: Sí, España es parte del Convenio de Viena de 1976, que permite emitir certificados con validez directa en los demás Estados parte, sin necesidad de traducción adicional.
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