Tema 7. Personal Estatutario de los Servicios de Salud: Clasificación del Personal Estatutario. Derechos y Deberes. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario. Provisión de plazas, selección y promoción interna. Movilidad del personal. Situaciones. Régimen disciplinario. Estatuto Básico del Empleado Público: Deberes del empleado público y código de conducta. Representación, participación y negociación colectiva. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Principios generales. Ámbito de aplicación.
La Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, clasifica a este personal en sanitario y de gestión y servicios, y en fijo (nombramiento permanente tras superar proceso selectivo) o temporal (interino, de sustitución, eventual o de continuidad de asistencia). La condición de personal fijo se pierde por renuncia, pérdida de nacionalidad, sanción disciplinaria firme de separación del servicio, pena de inhabilitación o jubilación total. La selección se realiza, con carácter general, mediante concurso-oposición; la promoción interna permite acceder a categorías de igual o superior nivel de titulación; el concurso de traslados es el procedimiento normal de provisión de plazas mediante valoración objetiva de méritos; y la movilidad voluntaria permite obtener destino en otro Servicio de Salud del Sistema Nacional de Salud. Las situaciones administrativas incluyen servicio activo, servicios especiales, excedencia (voluntaria, por cuidado de familiar hasta tres años, o por violencia de género sin tiempo mínimo previo) y suspensión de funciones. Las retribuciones se dividen en básicas (sueldo y trienios, cada tres años de servicio) y complementarias (según características del puesto, desempeño y resultados). El régimen disciplinario se rige por los principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad y culpabilidad. El Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP, RDLeg 5/2015) se aplica supletoriamente al personal estatutario; su artículo 53 recoge los principios éticos (objetividad, integridad, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad, transparencia, entre otros) y el artículo 54 los principios de conducta (obediencia salvo infracción manifiesta, sigilo profesional incluso tras el cese, actualización de la formación). El artículo 14 reconoce derechos como la carrera profesional, la no discriminación y la formación continua; el artículo 15 el derecho de huelga con mantenimiento de servicios esenciales; los artículos 48 y siguientes regulan permisos (15 días naturales por matrimonio, 16 semanas por nacimiento para cada progenitor, reducción de jornada por guarda legal de menores de 12 años) y vacaciones (22 días hábiles anuales, con incrementos por antigüedad desde los 15 años de servicio). Las faltas muy graves (art. 95) incluyen la discriminación, la notoria falta de rendimiento, coartar el derecho de huelga ajeno o la tolerancia de superiores ante faltas de sus subordinados; la separación del servicio conlleva la pérdida definitiva de la condición de empleado público. La Ley 53/1984, de Incompatibilidades, establece como principio general que solo puede desempeñarse un puesto en el sector público, salvo autorización expresa en supuestos tasados.
Conceptos importantes
- La Ley 55/2003 clasifica al personal estatutario en sanitario y de gestión y servicios, y en fijo o temporal (interino, de sustitución, eventual o de continuidad de asistencia).
- La selección del personal estatutario fijo se realiza, con carácter general, mediante concurso-oposición; el concurso de traslados es el procedimiento normal de provisión de plazas.
- Las situaciones administrativas incluyen servicio activo, servicios especiales, excedencia (voluntaria, por cuidado de familiar, o por violencia de género) y suspensión de funciones.
- El artículo 95 del EBEP tipifica como falta muy grave la discriminación, la notoria falta de rendimiento, coartar el derecho de huelga ajeno, y la tolerancia de superiores ante faltas de subordinados.
- Las vacaciones anuales del personal son de 22 días hábiles, con un día adicional al cumplir 15 años de servicio, incrementándose progresivamente hasta los 30 años.
- La Ley 53/1984, de Incompatibilidades, establece que solo puede desempeñarse un puesto de trabajo en el sector público, salvo autorización expresa de compatibilidad en supuestos tasados.
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
¿Qué ley regula el marco general del personal estatutario de los Servicios de Salud en España?
Respuesta: La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
¿Cuántos días de vacaciones anuales retribuidas corresponden, con carácter general, a los empleados públicos?
Respuesta: Veintidós días hábiles por año completo de servicio, incrementándose un día adicional al cumplir quince años de servicio.
Según el artículo 95 del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿constituye falta muy grave la tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas muy graves o graves de sus subordinados?
Respuesta: Sí.
¿Qué principio general establece la Ley 53/1984, de Incompatibilidades, respecto del desempeño de puestos en el sector público?
Respuesta: Que solo puede desempeñarse un puesto de trabajo en el sector público, salvo autorización expresa de compatibilidad en los supuestos legalmente tasados.
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