Tema 21. Noción de Derecho Procesal Penal.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye al atestado policial el valor jurídico de denuncia (artículo 297), constituyendo objeto de prueba y no medio de prueba por sí mismo. Distingue la detención por particulares, configurada como una facultad ante un delito flagrante y demás supuestos tasados (artículo 490), de la detención por la autoridad o sus agentes de la Policía Judicial, que en esos mismos supuestos constituye una obligación (artículo 492); el artículo 17 de la Constitución fija el plazo máximo de la detención preventiva en el tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, en setenta y dos horas. El artículo 520 de la ley recoge los derechos del detenido: información escrita e inmediata de los hechos y de los motivos de la detención, derecho a guardar silencio y a no autoincriminarse, derecho a la asistencia de abogado y a entrevistarse reservadamente con él incluso antes de declarar (artículo 520.6.d), reconocimiento por el médico forense, comunicación de la detención a un familiar, intérprete gratuito, y acceso a los elementos esenciales de las actuaciones.
Conceptos importantes
- La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, constituye la principal fuente reguladora del proceso penal español, sin perjuicio de sus numerosas reformas posteriores.
- El artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a cualquier persona detener a quien intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo, así como a quien fuere sorprendido en flagrante delito, entre otros supuestos tasados en dicho precepto.
- El artículo 520.2 de la LECrim exige que toda persona detenida o presa sea informada por escrito, en un lenguaje sencillo y accesible, en una lengua que comprenda y de forma inmediata, de los hechos que se le atribuyan y las razones motivadoras de su privación de libertad.
- El artículo 520.2.c) de la LECrim reconoce al detenido el derecho a designar abogado, sin perjuicio de lo dispuesto para determinados supuestos de terrorismo en el artículo 527, y a ser asistido por él sin demora injustificada.
- El artículo 520.2.e) de la LECrim reconoce al detenido el derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee el hecho de la detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento.
- La Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, regula el procedimiento de Habeas Corpus, mediante el cual se puede obtener la inmediata puesta a disposición de la autoridad judicial competente de cualquier persona detenida ilegalmente.
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
¿Qué norma constituye la principal fuente reguladora del proceso penal en España?
Respuesta: La Ley de Enjuiciamiento Criminal
¿Qué carácter tiene la detención regulada en el artículo 490 de la LECrim cuando la lleva a cabo un particular, frente al carácter que tiene para la autoridad y sus agentes conforme al artículo 492?
Respuesta: Para el particular es una mera facultad, mientras que para la autoridad y los agentes de la Policía Judicial constituye una obligación
¿Cuál de los siguientes es también un derecho del detenido reconocido por el artículo 520 de la LECrim, relacionado con la autoincriminación?
Respuesta: El derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable
¿Qué derecho reconoce el artículo 520 de la LECrim al detenido en relación con la comunicación de su situación a terceras personas?
Respuesta: El derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee el hecho de la detención y el lugar de custodia
¿Listo para practicar?
Empieza con 50 preguntas gratis de Escala Básica · Cuerpo Nacional de Policía, con explicación en cada una.
← Escala Básica · Cuerpo Nacional de Policía · Ver todos los temas