Tema 21. Noción de Derecho Procesal Penal.

Escala Básica · Cuerpo Nacional de Policía · Tema 21 de 45

La Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye al atestado policial el valor jurídico de denuncia (artículo 297), constituyendo objeto de prueba y no medio de prueba por sí mismo. Distingue la detención por particulares, configurada como una facultad ante un delito flagrante y demás supuestos tasados (artículo 490), de la detención por la autoridad o sus agentes de la Policía Judicial, que en esos mismos supuestos constituye una obligación (artículo 492); el artículo 17 de la Constitución fija el plazo máximo de la detención preventiva en el tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, en setenta y dos horas. El artículo 520 de la ley recoge los derechos del detenido: información escrita e inmediata de los hechos y de los motivos de la detención, derecho a guardar silencio y a no autoincriminarse, derecho a la asistencia de abogado y a entrevistarse reservadamente con él incluso antes de declarar (artículo 520.6.d), reconocimiento por el médico forense, comunicación de la detención a un familiar, intérprete gratuito, y acceso a los elementos esenciales de las actuaciones.

Conceptos importantes

Preguntas de ejemplo

Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.

¿Qué norma constituye la principal fuente reguladora del proceso penal en España?

Respuesta: La Ley de Enjuiciamiento Criminal

¿Qué carácter tiene la detención regulada en el artículo 490 de la LECrim cuando la lleva a cabo un particular, frente al carácter que tiene para la autoridad y sus agentes conforme al artículo 492?

Respuesta: Para el particular es una mera facultad, mientras que para la autoridad y los agentes de la Policía Judicial constituye una obligación

¿Cuál de los siguientes es también un derecho del detenido reconocido por el artículo 520 de la LECrim, relacionado con la autoincriminación?

Respuesta: El derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable

¿Qué derecho reconoce el artículo 520 de la LECrim al detenido en relación con la comunicación de su situación a terceras personas?

Respuesta: El derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee el hecho de la detención y el lugar de custodia

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