Tema 7. Procedimiento administrativo
Epígrafe oficial: El procedimiento administrativo común: Los principios generales. Las fases del procedimiento. Derechos de los interesados en el procedimiento.
Dedicado al procedimiento administrativo común, el tema recorre los principios generales que rigen la actuación de las Administraciones Públicas y las fases por las que pasa todo expediente: iniciación, ordenación, instrucción y finalización, junto con la ejecución. Presta especial atención a la posición de las personas interesadas, a sus derechos en el procedimiento (conocer el estado de la tramitación, no aportar documentos que ya obren en poder de la Administración, formular alegaciones, ser asistidas en el uso de medios electrónicos, entre otros) y a los efectos del silencio administrativo. La norma de referencia es la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, completada en materia de principios por la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Conceptos importantes
- La Ley 39/2015 es la norma que regula el procedimiento administrativo común aplicable a todas las Administraciones Públicas.
- Art. 24.3.a) LPAC: en los casos de estimación por silencio, la resolución expresa posterior solo podrá dictarse de ser confirmatoria del acto presunto. Solo en la desestimación por silencio (letra b) la resolución posterior se adopta sin vinculación al sentido del silencio.
- La subsanación es el trámite por el cual la administración requiere al interesado que corrija o complete su solicitud en el plazo legalmente establecido, con la advertencia de que, si no lo hace, se le tendrá por desistido.
- Los plazos fijados en meses o años se computan de fecha a fecha; si en el mes de vencimiento no existe día equivalente, el plazo finaliza el último día de dicho mes.
- El órgano competente para resolver puede acordar continuar con la tramitación ordinaria si aprecia que no concurren las razones que justificaron el cauce simplificado del procedimiento.
- El artículo 68.1 de la Ley 39/2015 obliga a la Administración a requerir al interesado, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 21.
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
¿Qué se entiende por interesado a efectos de un procedimiento administrativo iniciado a través del registro electrónico?
Respuesta: Quien promueve el procedimiento como titular de derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, que pueden resultar afectados por la resolución
¿Qué es el Registro Central de Representantes en el ámbito de la administración electrónica?
Respuesta: El registro donde se inscriben los poderes otorgados por los ciudadanos a terceras personas para actuar en su nombre ante las administraciones
Según el artículo 53.1 de la Ley 39/2015, ¿qué derecho tienen los interesados en un procedimiento administrativo en relación con la documentación ya aportada?
Respuesta: A no presentar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
¿Desde qué momento comienza a computarse, en los procedimientos iniciados de oficio, el plazo máximo para resolver conforme a la Ley 39/2015?
Respuesta: Desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento adoptado por el órgano competente conforme a la normativa aplicable
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