Tema 22. Igualdad, LGTBI y dependencia

Administrativo/a del Estado · Administración General del Estado · Tema 22 de 45

Epígrafe oficial: Políticas de igualdad y contra la violencia de género. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Discapacidad y dependencia: régimen jurídico.

El epígrafe del Administrativo del Estado amplía la igualdad entre mujeres y hombres a la igualdad de trato, a las personas LGTBI y a la discapacidad y la dependencia. En el plano institucional, la Ley Orgánica 3/2007 impone la transversalidad del principio de igualdad en toda la actuación pública (art. 15), exige informe de impacto de género en los proyectos normativos y planes relevantes que aprueba el Consejo de Ministros (art. 19), crea una Comisión Interministerial de Igualdad (art. 76) y obliga a contar con Unidades de Igualdad en todos los Ministerios (art. 77); el TREBEP permite a las funcionarias víctimas de violencia de género reducir o reordenar su jornada, cambiar de centro o pedir excedencia (art. 49.d). La Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato, desarrolla los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución, define la discriminación por asociación, la múltiple y la interseccional, crea una Autoridad Independiente cuya presidencia tiene un mandato de cinco años no renovable y sanciona con multas de 300 a 500.000 euros. La Ley 4/2023 protege a las personas LGTBI y a sus familias: permite pedir la rectificación registral del sexo desde los dieciséis años, entre los catorce y los dieciséis con asistencia de los representantes legales y entre los doce y los catorce con autorización judicial; prevé una segunda comparecencia de ratificación en el plazo máximo de tres meses, prohíbe las terapias de conversión aunque haya consentimiento y obliga a las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras a planificar medidas de igualdad LGTBI. En discapacidad, se reconoce esa condición a partir de un grado del 33 por ciento y las empresas de 50 o más trabajadores deben reservar al menos un 2 por ciento de su plantilla; la reforma de 2024 dio nueva redacción al artículo 49 de la Constitución. La Ley 39/2006 clasifica la dependencia en moderada, severa y gran dependencia y exige cinco años de residencia en España, dos de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud.

Conceptos importantes

Preguntas de ejemplo

Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.

Una persona de quince años de nacionalidad española desea solicitar la rectificación registral de la mención relativa al sexo. Conforme a la Ley 4/2023:

Respuesta: Art. 43.2 Ley 4/2023: las personas menores de dieciséis años y mayores de catorce podrán presentar la solicitud por sí mismas, asistidas en el procedimiento por sus representantes legales; en caso de desacuerdo se nombra un defensor judicial.

Conforme al artículo 6 de la Ley 15/2022, ¿cuándo existe «discriminación por asociación»?

Respuesta: Art. 6.2.a) Ley 15/2022: existe discriminación por asociación cuando una persona o grupo en que se integra, debido a su relación con otra sobre la que concurra alguna causa de discriminación, es objeto de un trato discriminatorio. La apreciación incorrecta define la discriminación por error (art. 6.2.b).

Según el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad, las empresas públicas y privadas que empleen a 50 o más trabajadores están obligadas a que, de entre ellos, sean trabajadores con discapacidad al menos:

Respuesta: Art. 42.1 TRLGDPCD: las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que, de entre ellos, al menos el 2 por 100 sean trabajadores con discapacidad, computado sobre la plantilla total; cabe exención excepcional aplicando medidas alternativas.

Conforme al artículo 5 de la Ley 39/2006, para ser titular de los derechos que reconoce la ley se exige, además de encontrarse en situación de dependencia, residir en territorio español y haberlo hecho durante:

Respuesta: Art. 5.1.c) Ley 39/2006: residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud; para los menores de cinco años el requisito se exige a quien ejerza su guarda y custodia.

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