Tema 27. Provisión de puestos y carrera
Epígrafe oficial: Provisión de puestos de trabajo en la función pública. Los deberes y derechos de los funcionarios. La carrera administrativa. Promoción interna.
La provisión de puestos de trabajo se basa en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y se realiza mediante concurso y libre designación con convocatoria pública (art. 78 TREBEP). El concurso es el procedimiento normal y consiste en valorar méritos y capacidades por órganos colegiados técnicos (art. 79); la libre designación es la apreciación discrecional de la idoneidad del candidato y permite el cese discrecional (art. 80). En la Administración General del Estado el RD 364/1995 exige dos años de permanencia en el destino para concursar (art. 41.2), fija quince días hábiles para solicitar (art. 42.2), dos meses para resolver (art. 47.1) y un plazo de toma de posesión de tres días hábiles, o un mes si cambia de residencia (art. 48.1); la comisión de servicios dura como máximo un año, prorrogable por otro (art. 64.3). Los derechos individuales (art. 14 TREBEP) incluyen la inamovilidad, la carrera, la formación, la conciliación y la desconexión digital; los colectivos (art. 15), la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga. Las vacaciones son de veintidós días hábiles (art. 50) y los asuntos particulares, seis días (art. 48.k). Los deberes se articulan en principios éticos y de conducta (arts. 52 a 54). La carrera profesional puede ser horizontal, vertical y de promoción interna vertical u horizontal (art. 16.3), con evaluación del desempeño (art. 20), y la promoción interna exige dos años de servicio activo en el subgrupo inferior (art. 18.2).
Conceptos importantes
- La provisión de puestos se funda en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y se lleva a cabo por concurso y libre designación con convocatoria pública (art. 78.1 y 78.2 TREBEP).
- El concurso es el procedimiento normal de provisión: valora méritos y capacidades por órganos colegiados de carácter técnico, que atienden a la profesionalidad, la especialización y la paridad (art. 79.1 TREBEP).
- La libre designación consiste en la apreciación discrecional de la idoneidad del candidato; sus titulares pueden ser cesados discrecionalmente, asignándoseles entonces un puesto conforme a la carrera (art. 80 TREBEP).
- Para participar en concursos se exige permanecer dos años en el puesto de destino definitivo, salvo excepciones, y el plazo de solicitudes es de quince días hábiles (arts. 41.2 y 42.2 RD 364/1995).
- El plazo de toma de posesión es de tres días hábiles si no hay cambio de residencia y de un mes si lo hay o se reingresa al servicio activo (art. 48.1 RD 364/1995).
- La comisión de servicios tiene una duración máxima de un año, prorrogable por otro si el puesto no se cubre con carácter definitivo (art. 64.3 RD 364/1995).
- Las vacaciones anuales son de veintidós días hábiles, no pueden sustituirse por dinero salvo cese ajeno a la voluntad, y los permisos incluyen seis días de asuntos particulares y quince por matrimonio (arts. 50 y 48 TREBEP).
- La carrera horizontal progresa de grado o escalón sin cambiar de puesto; la vertical asciende en la estructura de puestos mediante los procedimientos de provisión (art. 16.3 TREBEP).
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
Según el artículo 80.1 del TREBEP, ¿qué características tiene el sistema de "libre designación"?
Respuesta: El artículo 80.1 del TREBEP define la libre designación como el sistema de provisión de puestos de trabajo que consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto, reservado a determinados puestos de especial responsabilidad y confianza.
Según el artículo 53 del TREBEP, ¿pueden los empleados públicos influir en la agilización o resolución de trámites o procedimientos administrativos sin justa causa?
Respuesta: El artículo 53.9 del TREBEP prohíbe a los empleados públicos influir en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de cargos públicos o su entorno, o suponga un menoscabo de los intereses de terceros. (La pregunta original citaba erróneamente el art. 54.3; el precepto correcto es el art. 53.9.)
¿Qué finalidad persigue la equiparación de los permisos por nacimiento entre ambos progenitores?
Respuesta: La equiparación de los permisos por nacimiento entre ambos progenitores persigue fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos e hijas, reduciendo así el impacto diferencial que históricamente ha tenido la maternidad en la carrera profesional de las mujeres frente a la paternidad, en línea con los principios de igualdad efectiva entre mujeres y hombres reconocidos, entre otras normas, en la Ley Orgánica 3/2007.
Según el artículo 34.4 del EBEP, ¿qué órganos pueden constituirse dependiendo de las Mesas Generales de Negociación en atención a las peculiaridades de sectores concretos?
Respuesta: El artículo 34.4 del EBEP establece que, dependiendo de las Mesas Generales de Negociación y por acuerdo de las mismas, podrán constituirse Mesas Sectoriales en atención a las condiciones específicas de trabajo o a las peculiaridades de sectores concretos de funcionarios públicos.
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