Tema 30. Acción protectora
Epígrafe oficial: Acción protectora. Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades. Reintegro de las prestaciones indebidas. Requisitos generales del derecho a las prestaciones. Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización. Automaticidad y anticipo de prestaciones. Riesgo protegido: contingencias comunes y profesionales.
Las reglas generales de la acción protectora del sistema se encuentran en el Real Decreto Legislativo 8/2015, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Este tema clasifica las prestaciones y explica sus caracteres, las incompatibilidades y el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, así como los requisitos generales para acceder al derecho. Aborda la responsabilidad empresarial por incumplir las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización, el principio de automaticidad y el anticipo de prestaciones, y la distinción entre contingencias comunes y profesionales.
Conceptos importantes
- Cuando el incumplimiento de obligaciones de afiliación, alta o cotización por parte del empresario incide en el nacimiento de una prestación, este puede resultar responsable, total o parcialmente, del coste de dicha prestación.
- El cuadro de enfermedades profesionales recoge, de forma tasada, las dolencias que se reconocen como derivadas del trabajo cuando concurren las actividades y agentes causantes previstos reglamentariamente.
- Art. 55.2 TRLGSS: quienes por acción u omisión hayan contribuido a hacer posible la percepción indebida responderán subsidiariamente con los perceptores, salvo buena fe probada, de la obligación de reintegrar.
- Art. 156.4.a) TRLGSS: en ningún caso se considerará fuerza mayor extraña al trabajo la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza.
- Art. 163.1 TRLGSS: el interesado podrá optar por percibir la pensión suspendida; la opción producirá efectos económicos a partir del día primero del mes siguiente a la solicitud.
- Art. 168.1 TRLGSS: si la obra o industria estuviera contratada, el propietario responderá de las obligaciones del empresario declarado insolvente, salvo que se trate de reparaciones contratadas por el titular de un hogar respecto de su vivienda.
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
¿Qué se entiende por anticipo de prestaciones a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social?
Respuesta: El adelanto que la entidad gestora realiza al beneficiario cuando el responsable del pago es un empresario insolvente
Si tras una suspensión cautelar el beneficiario aporta la información fuera del plazo fijado y cumple los requisitos, la prestación se rehabilita con una retroactividad máxima de:
Respuesta: Noventa días naturales
En caso de pluriempleo, ¿cómo se determina la base reguladora de las prestaciones?
Respuesta: Por la suma de las bases de todas las empresas, con el tope máximo de cotización
Para el acceso a las pensiones y la determinación de su cuantía, ¿cómo se aplican los plazos que el TRLGSS expresa en años, semestres, trimestres o meses?
Respuesta: Se adecuan a días mediante las correspondientes equivalencias
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