Tema 9. Derecho Procesal Penal.
El tema abarca la Ley de Enjuiciamiento Criminal (competencia, ejercicio de las acciones, derecho de defensa, denuncia, querella, Policía Judicial, instrucción, detención y entrada y registro), la Ley Orgánica reguladora del procedimiento de Habeas Corpus, la Ley Orgánica del Poder Judicial (órganos jurisdiccionales, Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, Policía Judicial) y el Real Decreto 769/1987 sobre regulación de la Policía Judicial.
Conceptos importantes
- El artículo 297 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los atestados que redactaren y las manifestaciones que hicieren los funcionarios de la Policía Judicial, a consecuencia de las averiguaciones que hubiesen practicado, se considerarán denuncias a los efectos legales.
- El artículo 547.2.º de la LECrim reputa como edificios o lugares públicos, a efectos de entrada y registro, los que estuvieren destinados a cualquier establecimiento de reunión o recreo, fueren o no lícitos.
- El artículo 286 de la LECrim establece que, cuando el Juez de instrucción o el municipal se presentaren a formar el sumario, cesarán las diligencias de prevención que estuviere practicando cualquier autoridad o agente de policía, debiendo entregarlas al Juez junto con los efectos relativos al delito y los detenidos, si los hubiese.
- El artículo 105.1 LECrim obliga a los Fiscales a ejercitar, con arreglo a la ley, todas las acciones penales que consideren procedentes, haya o no acusador particular, menos aquellas que el Código Penal reserva exclusivamente a la querella privada.
- El artículo 498 LECrim ordena extender una diligencia expresiva de la persona que hizo la detención, su domicilio y circunstancias para poder identificarla, los motivos que manifestase haber tenido para detener y los datos del detenido; la firman el Juez, el Secretario, quien detuvo y los demás concurrentes, y se remite todo al Juez o Tribunal de la causa.
- El artículo 586 LECrim establece que la operación se practicará abriendo el Juez por sí mismo la correspondencia y, después de leerla para sí, apartará la que haga referencia a los hechos de la causa y cuya conservación considere necesaria.
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
Según el artículo 297 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ¿qué valor jurídico tienen los atestados que redacten los funcionarios de la Policía Judicial?
Respuesta: Se considerarán denuncias a los efectos legales
Según el artículo 266 de la LECrim, ¿qué hechos no pueden denunciarse por vía telemática?
Respuesta: Los que se hayan producido con violencia o intimidación, si tienen autor conocido, si existen testigos, si el denunciante es menor de edad, si es un delito flagrante, o si son de naturaleza violenta o sexual
Conforme al artículo 105.1 de la LECrim, ¿qué obligación tienen los funcionarios del Ministerio Fiscal respecto de las acciones penales?
Respuesta: Ejercitar todas las que consideren procedentes, haya o no acusador particular, salvo las reservadas a la querella privada
Conforme al artículo 525 de la LECrim, ¿en qué casos puede adoptarse contra el detenido o preso una medida extraordinaria de seguridad?
Respuesta: Solo en caso de desobediencia, violencia o rebelión, o cuando haya intentado o preparado su fuga
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