Tema 16. Medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil: juicio ordinario y verbal.

Tramitación Procesal y Administrativa · Ministerio de Justicia · Tema 16 de 37

Los medios adecuados de solución de controversias (MASC) son cauces alternativos o previos a la vía jurisdiccional, como la mediación, la conciliación, el arbitraje, la negociación entre las partes asistidas de sus abogados, la oferta vinculante confidencial, la opinión de persona experta independiente y el proceso de Derecho colaborativo. La LO 1/2025 los regula en los asuntos civiles y mercantiles, con exclusión de las materias laboral, penal y concursal y de los asuntos con una entidad del sector público, y convierte el intento previo de negociación en requisito de procedibilidad, con excepciones como la tutela civil de derechos fundamentales, la filiación o la tutela sumaria de la posesión. Su falta de acreditación puede conducir a la inadmisión de la demanda y el rechazo injustificado a participar repercute en las costas (arts. 394 y 395 LEC). El acuerdo alcanzado es título ejecutivo si se eleva a escritura pública o se homologa judicialmente. Respecto a los procedimientos declarativos de la LEC, el juicio ordinario y el verbal se distinguen por la cuantía (ordinario si excede de quince mil euros) o por la materia, que prevalece sobre aquella. El ordinario se estructura en alegaciones, con contestación en veinte días, audiencia previa, juicio y sentencia. El verbal, informado por la concentración, exige contestación escrita en diez días y vista, que puede omitirse si no hay prueba pertinente; la sentencia se dicta en diez días, o cinco en el desahucio de finca urbana. Ambos admiten reconvención, con requisitos más estrictos en el verbal.

Conceptos importantes

Preguntas de ejemplo

Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.

¿Cuáles son los dos procesos declarativos ordinarios regulados en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000?

Respuesta: La Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 estructura los procesos declarativos ordinarios en dos cauces: el juicio ordinario y el juicio verbal, cuya aplicación viene determinada, con carácter general, por la cuantía del asunto litigioso, o por razón de la materia cuando la propia ley así lo determine con independencia de la cuantía.

¿Debe celebrarse siempre una vista en el juicio verbal, incluso cuando ninguna de las partes lo haya solicitado ni el Tribunal considere necesaria la práctica de prueba?

Respuesta: La Ley de Enjuiciamiento Civil permite prescindir de la celebración de vista en el juicio verbal cuando las partes no hayan propuesto prueba o cuando la propuesta sea considerada por el Tribunal como impertinente o inútil, dictándose en tal caso sentencia sin necesidad de vista, salvo en aquellos supuestos en que la ley exige su celebración con independencia de la existencia de prueba que practicar.

¿Debe el mediador actuar de forma imparcial en el desarrollo del procedimiento de mediación, sin favorecer a ninguna de las partes?

Respuesta: La Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, consagra la imparcialidad como uno de los principios informadores de la mediación, exigiendo que el mediador desarrolle su actuación de manera que permita mantener el equilibrio entre las posiciones de las partes, garantizando en todo momento su neutralidad y sin favorecer los intereses de una de ellas en perjuicio de la otra.

Contestada la demanda en el juicio ordinario, ¿en qué plazo convoca el letrado o letrada de la Administración de Justicia la audiencia previa y en qué plazo ha de celebrarse (art. 414.1 LEC)?

Respuesta: Art. 414.1 LEC: contestada la demanda y, en su caso, la reconvención, o transcurridos los plazos, el LAJ, dentro del tercer día, convocará a las partes a una audiencia que habrá de celebrarse en el plazo de veinte días desde la convocatoria.

¿Listo para practicar?

Empieza con 50 preguntas gratis de Tramitación Procesal y Administrativa · Ministerio de Justicia, con explicación en cada una.

Empezar test gratis
← Tema 15. Libertad sindical: El Sindicato en la Constitución Española. Elecciones sindicales según la Ley de órganos de representación y el Estatuto Básico del Empleado Público. El derecho de huelga. Salud y prevención de riesgos laborales. Tema 17. Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Clases de ejecución: disposiciones generales de cada una de ellas. Especial referencia a la libranza de mandamientos, efectividad de los embargos acordados en el decreto acordando medidas ejecutivas concretas para llevar a cabo lo dispuesto por la orden general de ejecución y en los decretos de mejora, averiguación patrimonial, preparación procesal de la vía de apremio de muebles e inmuebles, actas de celebración de subastas y trámite de depósito judicial. Las medidas cautelares. →