Tema 24. Recursos. Cuestiones generales sobre el derecho al recurso. El depósito para recurrir. Los recursos en el ámbito civil: Reposición, revisión contra resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia, queja, apelación y casación. Los recursos en el procedimiento penal: reforma, apelación, queja, recurso de casación y el recurso de revisión de sentencias firmes. Los recursos contra las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.
Pueden recurrir las partes a las que la resolución afecte desfavorablemente, y los plazos se cuentan desde el día siguiente a la notificación (art. 448 LEC). Para recurrir debe constituirse el depósito de la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ: 50 euros para apelación, casación y revisión, 30 para la queja y 25 para resoluciones no definitivas y la reposición o revisión contra el LAJ; están exentos el Ministerio Fiscal y las Administraciones, en el orden penal solo se exige a la acusación popular, el defecto se subsana en dos días y se devuelve si el recurso se estima. En el ámbito civil, la reposición, no devolutiva, se interpone en cinco días sin efecto suspensivo; la revisión es directa contra los decretos que ponen fin al proceso; la apelación se interpone en veinte días ante el tribunal competente para resolverla y no cabe contra sentencias de juicios verbales de cuantía no superior a 3.000 euros; la queja procede contra la denegación de tramitar la casación, en diez días; y la casación, recurso extraordinario, exige interés casacional y se interpone en veinte días. En el proceso penal rigen reforma (tres días), apelación (cinco días en el abreviado) y queja contra los autos del Juez de Instrucción, súplica contra los de tribunales colegiados. La casación penal procede por infracción de ley o quebrantamiento de forma (preparación en cinco días), y la revisión de sentencias firmes se funda en los motivos del art. 954 LECrim. Contra las resoluciones del LAJ en el proceso penal cabe reposición y revisión en tres días.
Conceptos importantes
- El depósito para recurrir es de 50 euros para apelación, casación, infracción procesal y revisión, de 30 euros para la queja y de 25 euros para recursos contra resoluciones no definitivas (DA 15.ª LOPJ).
- Quedan exentos del depósito para recurrir el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y sus organismos autónomos; en el orden penal solo se exige a la acusación popular (DA 15.ª LOPJ).
- El recurso de reposición civil se interpone en cinco días ante quien dictó la resolución, expresando la infracción, y su interposición no tiene efectos suspensivos (arts. 451 y 452 LEC).
- La apelación civil se interpone en veinte días desde la notificación y no cabe contra las sentencias de juicios verbales por razón de la cuantía cuando esta no supere los 3.000 euros (arts. 455 y 458 LEC).
- La casación civil exige infracción de norma con interés casacional y se interpone en veinte días ante el tribunal que dictó la resolución; la valoración de la prueba solo accede por error de hecho patente (arts. 477 y 479 LEC).
- Contra las resoluciones del Juez de Instrucción cabe reforma en tres días, apelación en cinco días y queja; en el procedimiento abreviado no es necesario interponer previamente la reforma (arts. 211, 212, 216 y 766 LECrim).
- La sentencia del Juez de lo Penal es apelable ante la Audiencia Provincial en diez días, y la de apelación no puede condenar al absuelto ni agravar la condena por error en la prueba (arts. 790 y 792 LECrim).
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
¿Ante qué órgano cabe recurso de apelación contra las sentencias dictadas por la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia?
Respuesta: Conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra las sentencias dictadas por la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia (heredera de la competencia de los antiguos Juzgados de lo Penal) en el procedimiento abreviado cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial correspondiente, que revisa tanto los hechos declarados probados como la aplicación del Derecho realizada en la instancia.
La reposición interpuesta contra una diligencia de ordenación se resuelve:
Respuesta: Art. 453.2 LEC: transcurrido el plazo de impugnación, el Tribunal (reposición frente a providencias o autos) o el Letrado de la Administración de Justicia (frente a diligencias de ordenación o decretos) resolverán sin más trámites, mediante auto o decreto respectivamente, en el plazo de cinco días.
Tenido por interpuesto el recurso de casación, el Letrado de la Administración de Justicia remite los autos originales al tribunal competente con emplazamiento de las partes por término de:
Respuesta: Art. 482.1 LEC: dentro de los cinco días siguientes a la resolución que tenga por interpuesto el recurso, el LAJ remitirá todos los autos originales al tribunal competente, con emplazamiento de las partes por término de treinta días; si el recurrente no comparece, se declara desierto el recurso.
Las sentencias dictadas en primera instancia por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado son apelables ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ en el plazo de (art. 846 bis b) LECrim)...
Respuesta: Art. 846 bis b) LECrim: pueden interponer el recurso el Ministerio Fiscal, el condenado y las demás partes dentro de los diez días siguientes a la última notificación de la sentencia; el art. 846 bis a) atribuye su conocimiento a la Sala de lo Civil y Penal del TSJ.
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