Tema 5. La organización y funcionamiento de la Administración General del Estado
La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, dedica su Título I a la Administración General del Estado, distinguiendo los órganos superiores (Ministros y Secretarios de Estado, artículo 55) de los órganos directivos (Subsecretarios, Secretarios generales —con rango de Subsecretario—, Secretarios generales técnicos —con rango de Director general—, Directores generales y Subdirectores generales), y estableciendo como criterio de nombramiento la competencia profesional y la experiencia, junto con la responsabilidad personal y directa de sus titulares. En el plano territorial regula a los Delegados del Gobierno por Comunidad Autónoma (nombrados por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Presidente del Gobierno, con rango de Subsecretario, artículos 72-73) y a los Subdelegados del Gobierno por provincia en las Comunidades pluriprovinciales, nombrados por el propio Delegado (artículos 74-75); la Ley 3/2015 completa el marco con los requisitos de idoneidad exigidos a los altos cargos.
Conceptos importantes
- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula en su Título I la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, incluidos sus órganos superiores y directivos.
- Existe un Subdelegado del Gobierno en las provincias de las Comunidades Autónomas pluriprovinciales, con las competencias que les atribuya el Delegado del Gobierno; en las Comunidades uniprovinciales no existe esta figura, salvo que se cree por Real Decreto cuando existan circunstancias que lo justifiquen.
- El artículo 12 de la Ley 40/2015 establece que los titulares de los órganos administrativos podrán, en materias de su competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites del artículo 9, y que la delegación de firma no alterará la competencia del órgano delegante y para su validez no será necesaria su publicación.
- El artículo 8.1 de la Ley 40/2015 establece que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, efectuados en los términos previstos en esta u otras leyes.
- El artículo 19.5 de la Ley 40/2015 dispone que los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario podrán formular voto particular por escrito en el plazo de dos días, que se incorporará al texto aprobado.
- El artículo 60.1 de la Ley 40/2015 establece que los Ministros son los jefes superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado y Subsecretarios.
Preguntas de ejemplo
Ejemplos reales del banco de preguntas de este tema, con su explicación. No es el test completo.
¿Qué ley regula, entre otras materias, la organización y funcionamiento de los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado?
Respuesta: La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público
Además de la objetividad y los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, ¿qué otros principios deben respetar las Administraciones Públicas en su actuación, según el artículo 3.2 de la Ley 40/2015?
Respuesta: Servicio efectivo a los ciudadanos, simplicidad, claridad y proximidad
Según el artículo 8.1 de la Ley 40/2015, ¿qué carácter tiene la competencia administrativa?
Respuesta: Es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida como propia, salvo delegación o avocación
Según el artículo 55.5 de la Ley 40/2015, ¿quiénes son órganos directivos en la Administración General del Estado en el exterior?
Respuesta: Los embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales
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